GUGLIALMELLI ELSA MARIA CLEMENCIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Confirmada la sentencia que declara la existencia de cosa juzgada y rechaza la inconstitucionalidad de leyes previsionales
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, GUGLIALMELLI ELSA MARIA CLEMENCIA, promovió demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) solicitando el reajuste de haberes previsionales, específicamente la determinación del haber inicial y el ajuste del beneficio de jubilación conforme a la ley 24.241. La sentencia de primera instancia ordenó la redeterminación del haber inicial y reconoció el derecho a la movilidad desde 2002, en línea con anteriores fallos. La sentencia también declaró la inconstitucionalidad de las leyes 27426, 27541 y 27609, y rechazó la demanda respecto a esas inconstitucionalidades por no existir perjuicio concreto y por la gravedad institucional que implica su declaración. Además, declaró la existencia de cosa juzgada respecto del reclamo anterior (Expte. 20942/2013). La Cámara confirmó la decisión y rechazó los recursos de apelación, sosteniendo que no hay perjuicio ni ilegalidad en la normativa impugnada, y que la declaración de inconstitucionalidad es una medida de última ratio. Fundamentos principales: "En relación a la inconstitucionalidad de las leyes 27426, 27541 y 27609, no surge un perjuicio concreto que permita hacer lugar a lo solicitado. El Alto Tribunal sostuvo en reiteradas oportunidades que, la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional y debe ser considerada como la última ratio del orden jurídico (Fallos 249:51). Asimismo, no se acreditó que la movilidad prevista por la ley de marras, resulte ilegítima o arbitraria, ni que con su implementación, se haya producido una quita desproporcionada en el monto del haber (cfr. CSJN “Actis Caporale”)." "Por lo tanto, la demanda en cuanto requiere la declaración de inconstitucionalidad de las leyes 27426, 27541 y 27609, debe ser rechazada."
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