CONSORCIO DE PROPIEDAD FEDERICO LACROZE 2943/45/49 c/ EDENOR SA s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA
La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó la reposición del actor contra la resolución que modificó la sentencia y dispuso las costas a su cargo, argumentando que las resoluciones de Cámara no admiten recursos de reposición salvo excepciones. La resolución principal fue ratificada, considerando que la presentación no cumple los requisitos para su admisión.
- Quién demanda: Consorcio Propiedad Federico Lacroze 2943/45/49 s/ Servidumbre Administrativa de Edenor S.A.
¿A quién se demanda?
Edenor S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La modificación de la condena en materia de costas y la discusión sobre el momento de inicio de la mora en el pago de indemnización por la Ley 19.552.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de reposición interpuesto por la parte actora, confirmando la decisión anterior que le impuso las costas, y aclaró que la presentación en revisión no resulta formalmente admisible para cuestionar dicha decisión, dado que las resoluciones de Cámara no admiten recursos de reposición salvo en casos de providencias simples.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por ende, la presentación en examen no resulta la vía formalmente admisible para cuestionar la decisión del 2/09/2025, sin que se adviertan en autos circunstancias excepcionales que ameriten modificar tal conclusión." "En este sentido, vale recordar que, en todo caso, su eventual impugnación debe realizarse mediante la deducción del recurso extraordinario federal." "Las resoluciones de Cámara no admiten recurso de reposición o revocatoria alguno, tan sólo autorizados en esta instancia para las providencias simples (arts. 160, 238 y 273 del código ritual)."
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