GONZALEZ, SERGIO HERNAN Y OTRO c/ MONKARZ, ELENA RAQUEL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara revisó y modificó las montos indemnizatorios y las condiciones de la responsabilidad y límites de cobertura en un reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito; elevando los montos de incapacidad y daño moral, y ajustando la aplicación de intereses y límites asegurativos.
- Quién demanda: Sergio Hernán González y Zully Carolina Valdez Guillen.
¿A quién se demanda?
Elena Raquel Monkarz y Caja de Seguros Sociedad Anónima.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños y perjuicios por lesiones y secuelas derivadas de un accidente de tránsito, incluyendo incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos y de traslado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando los montos de indemnización por incapacidad (de 3 millones y 9 millones a 5 millones y 15 millones respectivamente), daño moral (de 2 y 4 millones a 3 y 6 millones respectivamente), y ajustando los intereses desde el hecho hasta la sentencia. Además, se modificó el límite de cobertura de la aseguradora a lo máximo autorizado por la Superintendencia de Seguros de la Nación, considerando la depreciación del valor de la póliza y las circunstancias del caso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las sumas reconocidas en primera instancia resultan reducidas en atención a la gravedad de las lesiones, las secuelas constatadas, la edad y actividad laboral de los actores, y la necesidad de una reparación que respete la función resarcitoria del daño moral, así como la depreciación del límite de cobertura por efecto del tiempo y la inflación." "Se ajustó la tasa de intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, y se modificó el punto de inicio del cómputo de intereses para reflejar la fecha del daño y la naturaleza de la obligación." "El límite de cobertura responde a la actualización del valor del seguro, considerando que la suma pactada en la póliza se ha depreciado y que la normativa y jurisprudencia favorecen la protección del damnificado por sobre las limitaciones contractuales."
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