NIÑO NARVAEZ, LINA MARIA c/ CHUMILLO, MARIA MAGDALENA s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF. ABOGADOS
La Cámara confirmó la sentencia que rechazó la demanda por daños y perjuicios contra la abogada y la tercera por supuesta responsabilidad en la confección de un testamento, concluyendo que no se probó la culpa ni la negligencia en la actuación profesional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora demandó a la abogada Dra. Chumillo y a la tercera Gabriela Rivero por daños derivados de la supuesta negligencia en la confección de un testamento ológrafo, alegando que la profesional no cumplió con su deber de asesoramiento y que ello le impidió heredar bienes.
- La demandada negó haber recibido encomendamiento para realizar el testamento y argumentó que las circunstancias de la salud de la testadora en el momento de su fallecimiento no permitían la expresión válida de su voluntad.
- La Cámara analizó las pruebas y testimonios, concluyendo que no se acreditó que la profesional haya actuado con negligencia, que la testadora hubiera encomendado la confección del testamento a la demandada, ni que la responsabilidad de la tercera estuviera vinculada a la imposibilidad de realizar el acto.
- Además, se destacó que la salud de la testadora en el momento de su muerte impedía que pudiera expresar su voluntad de forma válida, y que no se probó la existencia de un vínculo contractual o profesional entre las demandadas y la testadora para la confección del testamento.
- La Cámara sostuvo que no se acreditó la culpa ni la relación causal necesaria para responsabilizar a las demandadas, por lo que confirmó la sentencia de primera instancia.
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