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MARAMARCO, PABLO HERNAN c/ MARUCCO, ADRIAN PEDRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )

La sentencia condenó a Adrián Pedro Marucco a abonar $1.280.000 por daños materiales, daño moral, privación de uso y desvalorización del rodado, con intereses desde la fecha del hecho, y extendió la condena a la aseguradora, confirmando en todos sus términos la resolución judicial.

Responsabilidad objetiva Dano moral Intereses Privacion de uso Seguro automotor Dano material Desvalorizacion del vehiculo Responsabilidad contractual Ley 17.418 Danos en accidentes de transito


- Quién demanda: Pablo Hernán Maramarco

¿A quién se demanda?

Adrián Pedro Marucco y la aseguradora La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de $1.350.000 por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido el 08/05/2023, cubierto por la póliza de seguro y daños materiales en el vehículo, daños morales, privación de uso y desvalorización del rodado.

¿Qué se resolvió?

Se admitió la demanda, condenando al demandado a pagar la suma de $1.280.000 más intereses desde la fecha del hecho hasta el efectivo pago, en virtud de la responsabilidad objetiva del dueño del vehículo, y se extendió la condena a la aseguradora en los términos del art. 118 de la ley 17.418. La sentencia también condenó en costas a la parte demandada y reguló honorarios profesionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De acuerdo con el régimen del Código Civil y Comercial, la responsabilidad del dueño o guardián de la cosa riesgosa es objetiva, y sólo puede eximirse si prueba causa ajena, caso fortuito o culpa de la víctima. La prueba de la ocurrencia del siniestro quedó acreditada con la denuncia del asegurado, que admitió que al intentar retroceder, el vehículo embistió la parte trasera del vehículo del actor. La parte demandada no logró probar la culpa exclusiva de la víctima ni la causa ajena. La valoración del peritaje mecánico, que estimó en $950.000 los costos de reparación, fue considerada suficiente y fundada científicamente. Además, el daño moral se rechazó por tratarse de un accidente sin lesiones personales, y la desvalorización del rodado se rechazó por falta de prueba. La privación de uso se indemnizó en $180.000, considerando el tiempo estimado de reparación de 3 días. Finalmente, los intereses se fijaron al 12% anual desde la fecha del hecho, y las costas se impusieron a la parte demandada."

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