ACOSTA, EMILIANO EMANUEL Y OTRO c/ GONZALEZ, HECTOR SILVERO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La sentencia condenó a los responsables por daños y perjuicios en accidente de tránsito, ajustando las indemnizaciones y costas. La Cámara confirmó parcialmente la decisión, manteniendo la condena y los montos establecidos, fundamentando la valoración de la prueba y la responsabilidad objetiva.
¿Quién es el actor?
Emiliano Emanuel Acosta y Elida Jacinta Tonatto
¿A quién se demanda?
Héctor Silverio González
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños y perjuicios derivados de colisión de vehículos el 5/5/2020
¿Qué se resolvió?
Se condena a González y a la aseguradora a pagar $9.060.000 a Acosta y $325.000 a Tonatto, por daños materiales, daño moral, incapacidad sobreviniente y gastos médicos, con intereses y costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los informes de la DNRPA acreditan la propiedad del vehículo de González. La declaración testimonial de Juan Marcelo Ibañez corroboró la mecánica del hecho, que fue valorada con criterio de sana crítica. La mecánica del siniestro y las pruebas valoradas en conjunto demuestran que la responsabilidad no fue eximida por la acción del demandado, ya que la maniobra de giro por parte del conductor del Sandero fue imprudente y no se logró acreditar la eximente invocada." "En cuanto a la responsabilidad, los accionados reconocieron el siniestro pero atribuyeron la responsabilidad a la víctima, sin lograr demostrar causa ajena que justifique la eximente. La responsabilidad objetiva del art. 1757 del CCCN se aplica al caso, por lo que responden por los daños ocasionados." "Respecto a las indemnizaciones, se valoraron las secuelas físicas y psicológicas, estableciéndose $6.000.000 por incapacidad física del 7%, $3.000.000 por daño moral y $60.000 por gastos médicos, farmacia y traslado. La reparación del vehículo se fijó en $325.000, acorde al presupuesto reconocido." "El interés se fijó en un 8% anual desde la fecha del accidente hasta el dictado de la sentencia, y en tasa activa del Banco de la Nación Argentina hasta el efectivo pago." "Las costas fueron impuestas a los demandados vencidos."
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