MAUREYRA, FRANCISCO FELIPE c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Mendoza - Sala B confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el recurso de ANSES y mantuvo el reajuste de haberes jubilatorios, considerando que la sentencia fue fundada en la normativa constitucional y legal aplicable. La Cámara desestimó los agravios por exceso en la sentencia, la falta de acreditación del perjuicio económico y la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018, confirmando la aplicación del índice de actualización de la PBU y las costas a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora demandó por reajuste de su haber jubilatorio, basado en la ley 24.241 y solicitudes de actualización de su beneficio.
- La demandada, ANSES, apeló la sentencia de primera instancia que ordenó el reajuste, alegando que la sentencia fue “ultra petita”, que no acreditó perjuicio económico, y cuestionó la validez del cálculo y la imputación de costas.
- La Cámara analizó los agravios y concluyó que la sentencia no incurrió en “ultra petita”, ya que el pedido de la actora incluía la movilidad y el reajuste de su haber, y la jurisprudencia de la Corte Suprema avala la actualización del haber inicial conforme la doctrina “Elliff”.
- Respecto a la acreditación del perjuicio, la prueba presentada demuestra el estancamiento del haber y el daño económico, por lo que se confirma la sentencia.
- En relación a la validez del índice de actualización y la constitucionalidad, la Cámara remite a la jurisprudencia del Máximo Tribunal, confirmando la aplicación de la normativa vigente.
- La Cámara también desestimó el agravio sobre costas, ratificando la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley 24.463, y aplicando las disposiciones de la Ley 27.423 respecto de costas y honorarios.
- Finalmente, se confirma la sentencia en todos sus términos, imponiéndose las costas a la demandada vencida y regulando los honorarios en un 30%.
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