MOYANO, LIDIA TRANSITO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia que dictaminó la procedencia de la acción contra la ANSES y rechazó los agravios relacionados con precedentes jurisprudenciales y la constitucionalidad del tope del art. 9 de la ley 24.241. La decisión se fundamentó en la falta de pronunciamiento del tribunal inferior sobre dichos agravios y en la autoridad de los precedentes de la CSJN, manteniendo la postura respecto a la retención del impuesto a las ganancias y las costas.
- Quién demanda: Lidia Moyano
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber jubilatorio y determinación del haber inicial y su reajuste, además de costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia que admitió la reclamo fue confirmada en todos sus términos, incluyendo la orden de reajustar el haber jubilatorio conforme a los argumentos del fallo y la imposición de costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara declaró desiertos los agravios relativos a la aplicación del precedente “Barrios” y al tope del art. 9 de la ley 24.241, por no haberse expuesto por el tribunal inferior. Respecto a la constitucionalidad del límite del precedente “Villanustre” y la retención del impuesto a las ganancias, el tribunal reafirmó que la jurisprudencia de la CSJN, en particular el fallo “García” de 2019, es autoridad y debe ser acatada. La Cámara también confirmó la condena en costas y reguló honorarios en el 35% de lo estimado en la instancia de grado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: