CONTESSI, MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Cámara Federal de Córdoba confirma la sentencia de primera instancia en los aspectos impugnados, manteniendo la constitucionalidad de la ley 27.541 y la aplicación del precedente “Elliff” para la actualización del haber previsional, además de ratificar el rechazo del planteo respecto a la Ley 27.426 y la retención del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Miguel Ángel Contessi, demanda a la ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional conforme a las pautas establecidas por la ley 26.417, tras haber obtenido un beneficio previsional desde 29/11/2012 y haber realizado aportes mixtos. La sentencia de primera instancia ordenó a la ANSES recalcular y reajustar el haber conforme dichas pautas. La Cámara confirma la constitucionalidad de la ley 27.541 y los decretos en su aplicación, considerando que la normativa de emergencia fue legitima y que la jurisprudencia de la Corte Suprema, en el fallo “Elliff”, respalda la utilización del índice RIPTE en sustitución del I.S.B.I.C. para actualización de remuneraciones. La Cámara también confirma la validez de la aplicación del índice de salarios para la actualización de los haberes hasta febrero de 2009, y rechaza los agravios respecto a la ley 27.426, la inconstitucionalidad de la ley 27.541, la retención del impuesto a las ganancias y la imposición de costas. Además, se declara desierto el agravio referente al precedente “Makler”. La Cámara establece las costas en el orden causado y regula los honorarios en favor de la parte actora.
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