Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ALVAREZ, MARCOS MANUEL s/INFRACCION LEY 25.891 ART. 12
La Cámara homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a Álvarez a un año de prisión efectiva por uso ilícito de terminales celulares, confirmando la responsabilidad y la pena acordada, y ordenó su excarcelación con condiciones de libertad asistida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara homologó un acuerdo de juicio abreviado celebrado entre el Ministerio Público Fiscal, el imputado y su defensor, en el que Álvarez admitió haber ofrecido un teléfono robado a cambio de dinero, en la intersección de Av. Pueyrredón y Bartolomé Mitre. La prueba colectada, incluyendo informes de telecomunicaciones, sumarios policiales y declaraciones, acreditó su participación en el hecho ilícito. La calificación legal corresponde a los arts. 12 y 13 -inc. “a”
- de la Ley 25.891, por utilizar terminales celulares procedentes de delito, con dolo y con ánimo de lucro. La valoración de la prueba y la conducta del imputado permitieron concluir que actuó con dominio del hecho, en calidad de autor, y que no existen causales de justificación o inculpabilidad. La pena de un año de prisión efectiva y costas fue considerada proporcional a la gravedad del ilícito y a la culpabilidad del imputado, en línea con los principios de individualización de la pena. La Cámara también tuvo en cuenta las condiciones personales, antecedentes y conducta en prisión, y dispuso la excarcelación en términos de libertad asistida, con condiciones de residencia, trabajo y no cometer nuevos delitos. La devolución del teléfono secuestrado y la imputación de costas complementan la resolución, que se notificó a las partes y se cumplió en la forma prevista.
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