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DAVILA, JONATHAN DAVID c/ BAEZ, GUILLERMO DANIEL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La sentencia de primera instancia condenó a Guillermo Daniel Báez a pagar una indemnización por daños y perjuicios a los actores Jonathan David Dávila y Rafael Darío Dávila, por el accidente de tránsito ocurrido el 25 de julio de 2012. El tribunal valoró la responsabilidad del demandado y la cuantificación de los daños, rechazando la impugnación de inconstitucionalidad y actualizando los montos a valores actuales. La condena se fundamentó en la acreditación del hecho, la responsabilidad del conductor, la naturaleza de los daños (físicos, morales, psicológicos, patrimoniales) y la extensión del daño, estableciendo sumas de $1.417.126 y $6.770.000 en favor de cada actor, además de intereses y costas.

Accidente de transito Dano moral Danos y perjuicios Responsabilidad civil Indemnizacion Dano psicologico Responsabilidad del conductor Responsabilidad del asegurador Danos fisicos Apelacion.


- Quién demanda: Jonathan David Dávila y Rafael Darío Dávila.

¿A quién se demanda?

Guillermo Daniel Báez y/o responsable civil del vehículo Volkswagen Saveiro dominio BRT-628.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

daños materiales, daños físicos, daño moral, daño psicológico, gastos médicos, privación de uso, pérdida de valor venal y daño extrapatrimonial.

¿Qué se resolvió?

El tribunal hizo lugar a la demanda y condenó al demandado a pagar $1.417.126 a Jonathan Dávila y $6.770.000 a Rafael Dávila, con intereses y costas, rechazando las impugnaciones constitucionales y actualizando los montos a valores vigentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró probado el hecho de la colisión, atribuyó responsabilidad al conductor por violar normas elementales de tránsito, y valoró las lesiones físicas, psíquicas y morales de los actores. Se fundamentó en informes periciales que indicaron que Rafael Dávila sufrió fractura de tibia y peroné con secuelas incapacitantes del 10%, y que Rafael presentó un cuadro de stress postraumático, mientras que Jonathan no evidenció secuelas físicas. La indemnización se fijó considerando la extensión del daño, la edad de los actores, y la naturaleza transitoria o permanente de las lesiones. Se rechazaron las impugnaciones constitucionales por insuficiencia de fundamentación y se actualizó la suma a valores actuales, estableciendo intereses desde la fecha del accidente.

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