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CATERA, DEMIAN ANDRES c/ METON CHEVEZ, JOEL ALBERTO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La sentencia de primera instancia condenó a los demandados a pagar $7.200.000 por daños y perjuicios a causa de un accidente de tránsito ocurrido el 5 de mayo de 2016, y rechazó la posible responsabilidad de la aseguradora por falta de legitimación activa, confirmando la cuantía indemnizatoria y estableciendo el interés desde la fecha del hecho.

Dano moral Responsabilidad civil Indemnizacion Gastos medicos Incapacidad Prueba pericial Legitimacion pasiva Sentencia de primera instancia Danos por accidente de transito Apelacion.

Quién demanda: Demian Andrés Catera

¿A quién se demanda?

Joel Alberto Meton Chevez y María Delia Chevez (rebeldes)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente de tránsito, que incluyen incapacidad, daño moral, gastos médicos, traslados y tratamiento psicológico por un monto total de $7.200.000.

¿Qué se resolvió?

La sentencia hizo lugar a la demanda, condenando a los demandados, y rechazó la legitimación pasiva de la aseguradora, que fue considerada inexistente por falta de vigencia de la póliza por falta de pago. Fundamentos principales:
- La responsabilidad por el accidente se acreditó por la mecánica del hecho y las constancias probatorias, en particular el informe pericial mecánico que confirmó que el contacto ocurrió entre el frente del automóvil y el lateral derecho de la motocicleta.
- La falta de contestación de la demanda por parte de los demandados genera una presunción de veracidad de los hechos invocados por el actor, en tanto no existan elementos que permitan lo contrario.
- La responsabilidad civil del hecho recae en los titulares del rodado, sin que hayan acreditado eximente de responsabilidad, en particular la falta de vigencia de la póliza de seguro, lo que fue confirmado por la prueba pericial contable.
- La indemnización por incapacidad física y psíquica, daño moral, gastos médicos y tratamiento psicológico se fijó en $3.000.000, $3.000.000, $200.000 y $1.000.000 respectivamente, sumando un total de $7.200.000.
- La condena devengará intereses desde la fecha del hecho, a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, salvo los intereses por tratamiento psicológico, que correrán desde el pronunciamiento.
- La parte demandada será condenada a pagar las costas del proceso, siguiendo el principio objetivo de derrota.
- La sentencia fue confirmada en todos sus términos, manteniendo la cuantía y fundamentación de la condena, en línea con los principios de responsabilidad por daños derivada del tránsito y la valoración de las pruebas aportadas en autos.

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