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MENA, BRIAN EXEQUIEL c/ AGUADO, MARIANO ARIEL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La sentencia condenó a Mariano Ariel Aguado y a su aseguradora por los daños ocasionados en un accidente de tránsito, estableciendo una responsabilidad objetiva y fijando una indemnización de 5.602.511 pesos por daños materiales y morales, tras analizar las pruebas y la normativa vigente.

Responsabilidad objetiva Dano moral Responsabilidad civil Prueba pericial Seguro automotor Dano material Maniobra antirreglamentaria Accidentes de transito Danos fisicos Danos psiquicos


¿Quién es el actor?

Brian Exequiel Mena

¿A quién se demanda?

Mariano Ariel Aguado y Orbis Compañía Argentina de Seguros SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 17/09/2022, por el cual se le atribuye responsabilidad al demandado.

¿Qué se resolvió?

Se condenó al demandado a pagar la suma de 5.602.511 pesos por daños materiales, daños morales, incapacidad física, gastos de atención médica, y privación de uso, confirmando la responsabilidad del conductor por maniobra antirreglamentaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró acreditado que el accidente fue causado por la maniobra imprudente del demandado, quien realizó un giro antirreglamentario en una calle de doble mano sin semáforo que lo habilitara, interponiéndose en la línea de marcha de la motocicleta del actor. La responsabilidad es objetiva, conforme a los arts. 1757 y 1758 del Código Civil y Comercial, y no fue probado ninguna causa eximente o causa ajena que exonere al demandado. Se valoraron las constancias policiales, informes periciales, denuncias de siniestro y la declaración de la víctima, concluyendo que la culpa del demandado y la falta de prueba de causa ajena justifican la condena. El monto indemnizatorio fue fijado en función de las lesiones físicas, daños materiales y daño moral, considerando la edad del actor (30 años), su situación socioeconómica y las secuelas constatadas, en un marco de razonabilidad y equidad. La responsabilidad del asegurador se extiende en la medida del seguro contratado, sin que la limitación de cobertura de 30 millones de pesos sea relevante por el monto de la condena.

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