.................... S/INCIDENTE DE SANCION DISCIPLINARIA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal Departmental de Mar del Plata confirmó la sanción disciplinaria de 12 días de S.A.C. impuesta al interno J. G. T. por hechos ocurridos en la Unidad Penal N° 15 de Batán, rechazando los planteos de nulidad por irregularidades procesales y sosteniendo la suficiencia probatoria de las constancias existentes.
La causa fue promovida por el interno J. G. T. contra una sanción disciplinaria de 12 días de S.A.C. dictada por el juez de ejecución penal, por hechos ocurridos el 28/12/2024 en la Unidad Penal N° 15 de Batán, que consistieron en amenazas y resistencia a la autoridad con utilización de un elemento punzante. La defensa alegó nulidades por incumplimiento del procedimiento reglamentario, la invalidez de declaraciones testimoniales y alteraciones en la confección del legajo disciplinario. La Cámara, tras analizar las constancias, concluyó que la descripción del hecho fue clara y circunstanciada, que las declaraciones testimoniales fueron válidas y que los cambios en la función del instructor no afectaron derechos constitucionales. Además, consideró que la prueba documental y testimonial era suficiente para acreditar la materialidad y autoría del hecho. La Sala afirmó que la descripción fáctica y las constancias probatorias permitían sustentar la sanción, y que no existían vicios que invalidaran el procedimiento. La defensa no logró demostrar la vulneración de garantías constitucionales ni la nulidad de las declaraciones. En consecuencia, se resolvió confirmar la sanción disciplinaria.
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