.................... S/INCIDENTE DE APELACION (NULIDAD DENEGADA)
La Cámara de Junín rechazó el incidente de nulidad promovido por la defensa de Jara, confirmando la validez de la actuación policial en la urgencia y la legalidad del procedimiento, y estableció que las irregularidades denunciadas no afectan garantías constitucionales ni derechos procesales sustantivos, justificando la validez de la diligencia y la resolución apelada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa del imputado Jara promovió incidente de nulidad contra la resolución de la jueza de Garantías n° 3 de julio de 2025, argumentando que la actuación policial y el allanamiento en el domicilio del imputado fueron nulos por falta de motivación, incompetencia del funcionario que ordenó la medida, irregularidades en la presencia de testigos y en la documentación digital. La defensa alegó que la funcionaria del Ministerio Público Fiscal, Dra. Natalia Iparraguirre, no tenía autorización competente en casos de urgencia para ordenar el ingreso sin orden judicial, y que las irregularidades en la documentación y en las testimoniales afectaban derechos constitucionales. La Cámara, tras analizar las circunstancias y la gravedad del hecho, consideró que la actuación policial en contexto de urgencia fue justificada y debidamente avalada por la Fiscalía y el Juzgado de Garantías. Sostuvo que la nulidad requiere un perjuicio concreto y que en este caso no se evidenció ninguno. El tribunal concluyó que la diligencia fue razonable, acorde a la normativa y en línea con la gravedad del ilícito —el uso de armas de fuego y daños en una vivienda—, y rechazó el incidente, confirmando la resolución apelada con costas.
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