CHAVERO RICARDO CESAR C/ EMPRESAARGENTINADE SOLUCIONES SATELITALES S.A. (ARSAT) Y OTROS S/ DESPIDO
Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús decreta la caducidad de la instancia por inactividad procesal del actor y ordena costas a la parte actora. La decisión se fundamenta en la incumplimiento de la parte de producir actividad procesal útil tras la intimación, conforme a la ley y la normativa procesal aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús, integrado por los Dres. Díaz Casas, López Bellot y Monastero, resolvió decretar la caducidad de la instancia en el expediente "Chavero Ricardo César c/ Empresa Argentina de Soluciones Satelitales S.A. (ARSAT) y Otros / Despido" debido a la inactividad procesal de la parte actora. La decisión se basa en que, pese a la debida notificación, la parte no efectuó actividad procesal útil en el plazo de cinco días, en cumplimiento del artículo 12, segundo párrafo, de la Ley N° 11.653. El voto unánime destaca que: "se infiere que la parte, a pesar de encontrarse debidamente notificada, no efectuó actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa", por lo cual procede el decreto de caducidad. Además, se imponen las costas a la parte actora por la inactividad. La resolución cumple con la normativa procesal y los antecedentes de inacción. Fundamentos principales: "Que a continuación corresponde a los suscriptos expedirse sobre el 'sub júdice'". "Que se infiere que la parte a pesar de encontrarse debidamente notificada, no efectuó actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el Art. 12, segundo párrafo, de la ley ritual, decretándose, ergo, la caducidad de la instancia". "Las costas deberán imponerse a la parte actora en virtud de la inactividad procesal en la que incurrió en obrados".
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