PAEZ MAURICIO GABRIEL C/ MS SERVICIOS GLOBALES SRL S/ DESPIDO
El Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús declaró la caducidad de la instancia en un proceso laboral por inactividad procesal de la parte actora. La decisión se fundamentó en que la parte no realizó actividad procesal útil pese a la notificación, confirmando la procedencia del decreto de caducidad y las costas a la parte actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús, integrado por los Dres. Miguel Ángel Díaz Casas, Marina Leticia López Bellot y Ricardo Javier Monastero, resolvió decretar la caducidad de la instancia en el expediente "PAEZ MAURICIO GABRIEL C/ MS SERVICIOS GLOBALES SRL S/ DESPIDO", por inactividad procesal de la parte actora. La fundamentación principal fue que, tras ser debidamente notificada, la parte no realizó actividad procesal útil para impulsar la causa. La jueza López Bellot expresó: "se infiere que la parte a pesar de encontrarse debidamente notificada, no efectuó actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el Art. 12, segundo párrafo, de la ley ritual, decretándose, ergo, la caducidad de la instancia." Los votos de los jueces Monastero y Díaz Casas fueron en igual sentido, resultando un acuerdo unánime. Se impusieron las costas a la parte actora, conforme a los arts. 19, 24 y 89 de la Ley N° 15057, y arts. 68 y concs. del C.P.C.C., en virtud de la inactividad procesal.
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