VERGARA ALEJANDRA VERONICA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara de Lomas de Zamora confirma la condena a la ART por accidente laboral, estableciendo la indemnización y rechazando inconstitucionalidades, en base a la reconocimiento de la relación laboral y las pruebas periciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Alejandra Veronica Vergara, demanda a la Provincia Aseguradora De Riesgos Del Trabajo S.A. por indemnización derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 15/11/19, que le causó secuelas en la mano y consecuencias psicológicas. La demandada reconoce la relación laboral y las prestaciones en especie, pero niega la contingencia y la incapacidad alegada. El tribunal valora las pruebas médicas y psicológicas, concluyendo que la incapacidad total es del 17,74% y que la suma a indemnizar es de $ 528.381,14, además de intereses y la indemnización adicional del 20%. Se rechazan los planteos de inconstitucionalidad relacionados con la ley 24.557, el DNU 669/19 y la ley 24.432, considerándolos inaplicables o sin sustento en el caso. La sentencia también regula costas, honorarios, y la forma de pago de los montos indemnizatorios, reafirmando la constitucionalidad de la normativa sobre costas y honorarios, y declarando la inconstitucionalidad del DNU 669/19 por exceso de facultades del Poder Ejecutivo. Fundamentos principales: "En virtud de la prueba pericial médica presentada, tengo por acreditado que la accionante padece secuela de quemadura en dedo pulgar izquierdo con rigidez articular, que le provoca 8,60% de incapacidad (...) y que la misma guarda adecuada relación de causalidad con el hecho debatido en autos." "El informe ha sido impugnado por la parte demandada en fecha 2/10/23 por considerarlo infundado, y obtuvo respuesta del galeno en fecha 18/10/23 -quien ratificó el mismo-, y dado que su respuesta no mereció nuevo embate, no hallo mérito para apartarme de sus conclusiones." "La incapacidad total indemnizable asciende a 17,74%, calculada en base a la incapacidad física y psicológica, y su monto, conforme a los parámetros legales y actualización, es de $ 528.381,14, más intereses desde el 15/11/19." "La declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/19 se fundamenta en que el Poder Ejecutivo se arrogó facultades legislativas vedadas por la Constitución Nacional, sin acreditar necesidad y urgencia, por lo que corresponde su declaración de inconstitucionalidad." "Las costas se imponen a la parte vencida, y los honorarios a los letrados se regulan en los montos correspondientes a la ley 14.
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