MERCADO GUILLERMO ATILIO C/ FISCALIA DE ESTADO - PCIA. BS.AS. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La sentencia declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y condena al Estado provincial a pagar una indemnización por accidente laboral, ajustada por el índice RIPTE, y rechaza los planteos de inconstitucionalidad formulados por la parte actora respecto de otras normas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Guillermo Atilio Mercado, demandó al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires por lesiones sufridas en un accidente laboral ocurrido el 06/11/2017, alegando daños en mano y muñeca izquierda, con una incapacidad del 32%. La parte demandada negó los hechos y cuestionó la vía administrativa previa. La pericia médica indicó una incapacidad física del 3,18% y una afectación psicológica del 10%. La sentencia analizó la constitucionalidad del sistema legal vigente y las normas aplicables, concluyendo que las leyes 24.557, 26.773, 27.348 y los decretos reglamentarios son constitucionales, salvo el DNU 669/19, que fue declarado inconstitucional. La condena incluye una indemnización de aproximadamente 19.276.582,46 pesos, actualizada por el índice RIPTE, y el pago de intereses desde el 06/11/2017. La sentencia también abordó la validez del principio nominalista en la determinación del crédito y declaró la competencia del Tribunal del Trabajo para conocer del proceso. Los fundamentos principales sostienen que las normas que regulan la ley de riesgos del trabajo son constitucionales y que la vía judicial es la adecuada para resolver la controversia, rechazando los planteos de inconstitucionalidad sobre otros decretos y normas.
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