ALMIRON MIRTA C/ALVAREZ LANNO SA Y OTROS S/ DESPIDO
El tribunal ordena continuar la ejecución hasta que los ejecutados abonen la suma de $230.000 en concepto de honorarios y aportes a favor de la Sra. Santillán. La decisión se fundamenta en que no se opuso excepción dentro del plazo legal, haciendo efectiva la obligación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia corresponde a una ejecución en la que la parte ejecutante, SANTILLAN MARCELA ALEJANDRA, reclama el pago de $230.000 en concepto de honorarios y aportes, por parte de los ejecutados SING JORGE DAVID y SING JULIO CÉSAR. El tribunal, tras constatar que no se opuso excepción en el plazo legal, decide hacer efectiva la ejecución y ordenar a los ejecutados que abonen la suma en cuestión. La resolución se basa en la inacción de los ejecutados frente a la oportunidad legal para oponer excepciones, permitiendo que el proceso de cobro siga adelante. La sentencia además difiere la regulación de honorarios profesionales hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 8904.
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