SEPERO MARIA GRACIELA C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL (IPS) Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La demanda de reconocimiento de derechos previsionales fue aceptada, confirmando la inconstitucionalidad de leyes y decretos que redujeron la bonificación por antigüedad. La Cámara ordenó el pago retroactivo del 3% por año, con intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Sepero María Graciela, demanda a la Provincia de Buenos Aires y al IPS para que se le reconozca el derecho a percibir un 3% de bonificación por antigüedad por todos los años de servicio, argumentando que las normas que redujeron dicho porcentaje son inconstitucionales. La provincia y el IPS alegan que la modificación fue legal, que no afecta derechos adquiridos y que respeta principios constitucionales y jurisprudenciales. La Cámara concluyó que las disposiciones legales y el decreto 240/96 que redujeron la porcentaje de bonificación son inconstitucionales, ya que violan el principio de progresividad y la igualdad ante la ley. Se ordena el pago retroactivo, intereses y costas. La controversia se centró en si las normas implicaron una reducción salarial y si ello vulneraba derechos constitucionales. La sentencia destacó que las modificaciones no son temporarias ni excepcionales, y que la reducción de haberes fue incompatible con el principio de progresividad. Además, se rechazó la prescripción alegada por la demandada, considerando que el hecho de que la acción se interpuso años después no extingue el derecho por ser un hecho continuado. La sentencia también cuestionó la validez del decreto reglamentario que exceptuaba a magistrados, señalando que ello constituía una desigualdad injustificada.
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