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MAGRINELLI WALTER ARIEL Y OTROS C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES (MINISTERIO DE JUSTICIA Y DD.HH) S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

La demanda reclamo el reconocimiento del derecho a la liquidación de una bonificación por antigüedad del 3% para todos los años de servicios, y la sentencia de primera instancia hizo lugar a la misma, declarando la inconstitucionalidad de leyes y decretos que redujeron dicho porcentaje.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Walter Ariel Magrinelli y otros, demandan contra la Provincia de Buenos Aires, específicamente contra el Instituto de Previsión Social y el Servicio Penitenciario Bonaerense, solicitando que se reconozca su derecho a que se liquide la bonificación por antigüedad al 3% respecto de todos los años de servicios prestados. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, reconociendo la inconstitucionalidad de las normas que redujeron dicho porcentaje y ordenando el pago retroactivo con intereses. El tribunal fundamentó que las leyes y decretos impugnados, al reducir la bonificación del 3% al 1% o al eliminarla, implicaron una disminución de derechos adquiridos, vulnerando principios constitucionales de igualdad, propiedad, progresividad y la protección de derechos adquiridos. Se destacó que las modificaciones legislativas y reglamentarias, lejos de ser temporales o excepcionales, se extendieron por años, afectando derechos consolidado, y que la protección constitucional y doctrinal impide retrocesos en beneficios laborales adquiridos. Además, se sostuvo que las medidas adoptadas sin una situación de emergencia y en forma permanente constituyen una vulneración al principio de no regresividad y progresividad en derechos laborales. La sentencia hizo lugar a la demanda y ordenó el pago de las sumas correspondientes, con intereses. El tribunal también rechazó la excepción de prescripción planteada por la parte demandada, argumentando que el hecho es continuado y que la acción no está prescrita. Fundamentos principales de la decisión: "Las normas impugnadas acarrean una violación, entre otros, de los derechos de igualdad y de propiedad, y del principio de progresividad amparado por el artículo 39 inc. 3° de la Constitución provincial, el cual, a su vez, encuentra protección en diversos tratados internacionales... La disminución del porcentaje de bonificación por antigüedad, que en 1995 fue del 3% y en la actualidad se paga en menos o no se paga, constituye un retroceso en derechos adquiridos, incompatible con la cláusula constitucional citada." "En orden a la protección constitucional y doctrinal, se concluye que las medidas legislativas y reglamentarias que redujeron la bonificación por antigüedad, extendidas por años,

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