BARATELLI ESTELA DEL VALLE C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La Cámara de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo en La Plata reconoce el derecho de la actora a percibir la bonificación por antigüedad del 3% por todos los años laborados, invalidando las normas que redujeron este porcentaje, y ordena su pago retroactivo con intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quien demanda, Estela del Valle Baratelli, solicita se declare la inconstitucionalidad de las leyes y decretos que redujeron la bonificación por antigüedad y que se le pague en retroactivo el porcentaje del 3% por todos los años de servicio. La defensa argumenta que las modificaciones no implican una vulneración constitucional, pues corresponden a cambios legales dentro del marco estatutario, y que no se configura un derecho adquirido ni una violación al principio de igualdad. La Cámara analiza que las normas impugnadas implicaron una reducción salarial que vulnera principios constitucionales y tratados internacionales, y que las modificaciones no cumplen con los requisitos para ser consideradas medidas temporarias o excepcionales. Además, se destaca que la normativa vigente en 1995 establecía un 3%, y que las sucesivas leyes redujeron ese porcentaje, situación que, al mantenerse por 9 años, constituye un retroceso en derechos adquiridos, violando el principio de progresividad. La sentencia también rechaza la prescripción alegada por la demandada, confirmando que la acción no está prescrita y que las sumas deben ser abonadas con intereses. Se ordena el pago retroactivo en los términos establecidos, con aplicación de intereses y costas a la demandada.
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