FITTIPALDI JORGE ISMAEL C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES (INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL) Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La sentencia reconoce el derecho del actor a la liquidación y pago de la bonificación por antigüedad en un 3%, por todos los años laborados, declarando la inconstitucionalidad de leyes, decretos y resoluciones que redujeron dicho porcentaje, y establece el pago retroactivo con intereses. La decisión se basa en que las normativas impugnadas violaron derechos constitucionales y principios de progresividad y no regresividad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Jorge Ismael Fittipaldi, demanda contra la Provincia de Buenos Aires (Instituto de Previsión Social) y la Dirección de Vialidad, solicitando el reconocimiento de su derecho a que se liquide en un 3% la bonificación por antigüedad respecto de todos los años de servicios, en virtud de la inconstitucionalidad de leyes, decretos y resoluciones que establecieron porcentajes inferiores o eliminaron el derecho. La Cámara analiza la historia normativa, destacando que la bonificación se fijó en 3% en 1995, luego se redujo a 1% en 1997 y posteriormente se modificó en leyes sucesivas. La sentencia concluye que dichas reducciones implicaron una disminución de haberes, vulnerando derechos constitucionales de igualdad y progresividad, especialmente por la protección constitucional de la antigüedad y la prohibición de regresividad en derechos laborales. La Corte también rechaza la prescripción alegada por la parte demandada, argumentando que el hecho de que el pago se haya suspendido y no se haya pagado en nueve años hace que la acción siga vigente. Además, se considera que la reglamentación del decreto 240/96 es ilegítima por contradecir las leyes que redujeron la porcentaje de bonificación, y que la diferenciación en la exclusión de los magistrados vulnera la igualdad. La sentencia ordena el pago de las sumas correspondientes, con intereses, y condena en costas a la parte demandada.
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