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GONZALEZ SILVIA ROXANA C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que condenó a Swiss Medical ART a pagar a Silvia González una suma por indemnización derivada de accidente laboral, rechazando los agravios y considerando la constitucionalidad del régimen de riesgos del trabajo.

Indemnizacion Accidente laboral Riesgos del trabajo Incapacidad parcial Seguridad social Sentencia definitiva Inconstitucionalidad dnu Ley 24.557 Constitucion argentina Reclamacion por danos

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Silvia Roxana González, demanda a Swiss Medical ART por accidente laboral ocurrido el 8 de enero de 2020.
- La demandada niega el derecho a la indemnización, argumentando la improcedencia.
- El tribunal estableció que la contingencia fue un accidente en ocasión del trabajo, con incapacidad parcial y permanente del 8.96%.
- La pericia médica confirmó las secuelas y el porcentaje de incapacidad.
- La sentencia de primera instancia acogió la reclamada, condenando a la demandada a pagar la suma de $266.871,30 más intereses desde el 8 de enero de 2020.
- La Cámara confirmó la sentencia, rechazando los agravios y considerando que la acción es procedente bajo el régimen de riesgos del trabajo, que busca la reparación en equidad más que la responsabilidad civil. Fundamentos principales: "El régimen de riesgos del trabajo tiene por objeto resarcir en equidad las consecuencias del daño producido por el hecho u ocasión de trabajo. Es entonces, como la propia ley 24.557 lo dice, un sistema de la Seguridad Social y no de resarcimiento de daño." "El accidente ocurrió en ocasión del trabajo, por lo que la actora resulta acreedora de la prestación dineraria prevista en el art. 14 Ley 24.557, ajustada por índice RIPTE, que asciende a $222.392,70, al cual se suma un 20% en concepto de indemnización adicional, totalizando $266.871,30." "El Decreto 669/2019, que modificó la fórmula de actualización, fue declarado inconstitucional por ser dictado sin los presupuestos constitucionales, afectando la división de poderes y el proceso legislativo." "Los intereses moratorios se liquidarán desde el 8 de enero de 2020, con una tasa del 6% anual, conforme a la jurisprudencia." "Las costas se imponen a la demandada por resultar vencida."

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