LEZCANO GERMAN EDUARDO C/ STORNINI CARLOS RODOLFO S/ DESPIDO
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que rechazó la demanda por inexistencia de relación laboral probada entre Lezcano y Stornini, manteniendo la decisión de no reconocer vínculo de dependencia y las costas al actor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Germán Eduardo Lezcano, reclamó por despido y condiciones laborales no registradas, alegando que fue contratado por el demandado, Sr. Stornini, desde 2014, en tareas como mecánico oficial en un taller mecánico. Presentó telegramas, denuncias, informes AFIP y testimonios, pero el tribunal analizó que estas pruebas no demostraron la existencia de relación de dependencia laboral, ya que los testimonios indicaron que la contratación y pagos eran directos con el actor, sin evidenciar órdenes jurídicas o control técnico del demandado. La declaración de rebeldía del demandado no genera presunción suficiente, y las pruebas documentales, como los informes y las cartas, no aportaron elementos concluyentes. La sentencia destaca que las presunciones legales por rebeldía y silencio no bastan para acreditar la relación laboral, y que las declaraciones testimoniales no lograron convencer de dependencia. Se concluye que no se probó la existencia del vínculo laboral y se rechaza la demanda con costas al actor. Además, se ordenó el pago de intereses sobre la indemnización reclamada, y la condena en costas sin beneficio de gratuidad.
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