ECHEVERRIA GIMENEZ MARTIN ANTONIO C/ SURI SEGURIDAD SRL Y OTROS S/ DESPIDO
La sentencia declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, condena parcialmente a SURI SEGURIDAD SRL a pagar $28.520.673 por diversos conceptos laborales, y rechaza las demandas contra las codemandadas y terceros. La decisión se fundamenta en la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928 y en la prueba de la relación laboral, incumplimiento en aportes y responsabilidad solidaria de las gerentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Martin Antonio Echeverria Gimenez, demanda por despido contra SURI Seguridad SRL y responsables solidarias, reclamando salarios, indemnizaciones y otros créditos laborales. La sentencia reconoce que el vínculo laboral inició el 15/10/2015 y se extinguió el 22/3/2021, acreditándose mediante prueba documental, declaraciones y la falta de respuesta de la empleadora. La causa de extinción fue el silencio y la falta de respuesta a intimaciones, considerándose despido indirecto. La sentencia también analiza la constitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, declarándola inconstitucional por afectar la tutela judicial efectiva y el valor de los créditos laborales, ajustando las sumas por RIPTE más interés del 3%. Se rechazan las demandas contra las codemandadas Diaz y el tercero Pinto por falta de responsabilidad societaria y por no acreditarse maniobras fraudulentas. La condena incluye un monto de $28.520.673 y costas. La fundamentación se apoya en la prueba de la relación laboral, la extinción por despido indirecto, la inconstitucionalidad de la norma y la actualización de los créditos con criterios constitucionales y económicos.
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