FARAONE SIGEL AGUSTINA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La Justicia laboral condenó a Provincia ART a pagar más de 1,16 millones de pesos por accidente in itinere; confirmó la constitucionalidad de la ley 27.348 y rechazó la demanda por daño psicológico, ajustando los montos conforme a la normativa vigente y doctrina legal.
- Quién demanda: FARAONE SIGEL AGUSTINA
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias por accidente laboral in itinere, actualización de indemnización, intereses, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se condena a la demandada a pagar $1.166.746,83 por capital e intereses, con intereses desde el accidente según tasa activa. Se declara la constitucionalidad de la ley 27.348 y la inaplicabilidad del decreto 669/19. La demanda por daño psicológico se rechaza.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La ley 27.348 es aplicable al accidente ocurrido el 20/7/17 y su normativa fue considerada vigente y constitucional.
La pericia médica concluyó una incapacidad física del 6,5%, acreditada por los antecedentes, exámenes complementarios y la mecánica del hecho.
La pericia psicológica, basada en criterios clínicos y testológicos, determinó una incapacidad del 10% por daño psíquico, pero su valoración fue apartada por no estar acreditada la vinculación del daño psicológico con el accidente, por lo que se rechazó la pretensión.
La base salarial para el cálculo se actualizó con Ripte, y se declaró la inconstitucionalidad del decreto 669/19 respecto a la tasa de interés, estableciéndose intereses a tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde el accidente.
La suma total a pagar incluye capital e intereses, descontando lo percibido previamente por la actora.
El pago debe efectuarse en 10 días mediante depósito en la cuenta sueldo de la actora, con la acreditación correspondiente.
Se condena a la demandada al pago de costas y honorarios, regulados conforme a la ley 14.967 y aranceles profesionales.
Se regulan honorarios periciales y de letrados, con indicación de plazos para su acreditación.
En caso de mora, se aplicarán intereses moratorios según normativa vigente.
9. PALABRAS CLAVE:
- Accident de trabajo in itinere
- Ley 24.557
- Ley 27.348
- Incapacidad laboral
- Prestaciones dinerarias
- Inconstitucional
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