HULMIC SA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El tribunal rechazó liminarmente la solicitud de beneficio de litigar sin gastos presentada por la parte actora, fundamentando que la actividad económica del actor demuestra capacidad económica suficiente para afrontar los costos del proceso, desvirtuando la alegada carencia de recursos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, representada por Mariano Caizza, solicitó el beneficio de litigar sin gastos basado en su carencia de recursos. El tribunal analizó la solicitud y consideró que no cumple con los requisitos legales, ya que la descripción de los hechos y la actividad del actor, HULMIC SA, demuestran una estructura empresarial sólida y actividad financiera que implica riesgos asumidos por la propia entidad, como se evidencia en los múltiples juicios ejecutivos por cobro de pagarés. La actividad de la actora, dedicada a créditos y financiaciones, requiere una estructura financiera compleja y recursos que hacen incompatible su solicitud con la finalidad del beneficio, que es proteger a quienes no tienen medios económicos, no a quienes enfrentan dificultades de liquidez. El tribunal sostuvo que la actividad del actor, con montos elevados y una organización formal, evidencia que no se encuentra en una situación de imposibilidad de afrontar gastos judiciales, por lo que procede el rechazo liminar del pedido. Agregó que el beneficio de litigar sin gastos no debe ser utilizado como un medio para evitar riesgos o costos en el proceso, sino para garantizar el acceso a la justicia en condiciones de igualdad, lo cual no se cumple en este caso. Finalmente, resolvió rechazar la solicitud sin costas debido a la naturaleza del pronunciamiento.
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