SOTO MAGALI ALEJANDRA y otro/a C/ POSE S.A y otros S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El acuerdo homologó un convenio entre las partes por una suma de $7.000.000, con costas a la aseguradora San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales. La decisión se fundamenta en la conformidad de las partes y en la normativa procesal vigente, homologando el acuerdo y regulando honorarios y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quien demanda son Magali Alejandra Soto y Adriano Gennari, en representación de la parte actora, quienes reclamaron por daños y perjuicios en un proceso de daños automovilísticos. La parte demandada, conformada por POSE S.A y Leonardo Daniel Lazo, fue citada en garantía a través de San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales. La resolución homologó un acuerdo en la suma de $7.000.000, en tanto que también se regulan honorarios profesionales de abogados y peritos, y gastos procesales. La autoridad judicial fundamenta la homologación en la conformidad de las partes y en el cumplimiento de los requisitos legales, destacando que los honorarios y costas deben ajustarse a las pautas del arancel y a los valores fijados por la SCBA. Además, se fija honorarios para el perito y el mediador, y se intimó a la parte obligada a abonar tasas judiciales. Se destaca que la regulación de honorarios se notificó personalmente y cumple con los requisitos de legalidad y proporcionalidad, atendiendo también a la naturaleza del proceso y a la cuantía del acuerdo. La juez Leglise dispuso además que la notificación del acuerdo y honorarios se ajuste a lo establecido en la ley 14967, considerando la legalidad y justicia en la fijación de los mismos.
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