Logo

MADURI ROBERTO LUIS C/ COOPERACION MUTUAL PATRONAL SOCIEDAD MUTUAL DE SEGUROS GLES Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)

La Cámara Civil de La Plata confirma la sentencia que condenó a la demandada por daños y perjuicios en un siniestro vial, valorando la responsabilidad objetiva del conductor infractor y considerando la prueba confesional y testimonial, además del daño moral y material.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Roberto Luis Maduri, demanda a Matias Fernando Jeanneret y a Cooperación Mutual Patronal por daños derivados de un accidente ocurrido el 2/11/2019 en calle 10, donde fue embestido en el lateral trasero por el vehículo conducido por Jeanneret. La demanda reclama daños materiales, la desvalorización del vehículo y daño moral. La aseguradora reconoce la cobertura y niega responsabilidad del asegurado, argumentando que el automóvil del actor cruzó sin respetar la prioridad. El tribunal, tras analizar la prueba pericial mecánica, testimonial y la confesión ficta del demandado, concluye que este último carecía de prioridad al cruzar la bocacalle, siendo responsable por la colisión. Se determina la responsabilidad objetiva del conductor por actividad riesgosa, y se fija la indemnización por daños materiales en $1.000.000, desvalorización en $500.000 y daño moral en $200.000. Se condena a la demandada a pagar esa suma con intereses del 6% anual desde el 2/11/2019. La sentencia se fundamenta en la normativa del Código Civil y Comercial vigente en la fecha del hecho y en la jurisprudencia aplicable. Fundamentos destacados:
- "La responsabilidad en la especie se rige por lo normado por los arts. 1757, 1758, 1769 y conc. del C. C. Com., motivo por el cual se está ante un supuesto de responsabilidad objetiva."
- "La ley toma en cuenta como factor para atribuir la responsabilidad al dueño o guardián, la teoría del riesgo creado que regula la atribución de la responsabilidad civil por el hecho de las cosas."
- "De la prueba pericial mecánica se extrae que el vehículo del actor fue embestido en su lateral, sin que la parte demandada haya aportado prueba que desvirtúe la responsabilidad del conductor del Peugeot."
- "El demandado, al no comparecer a la audiencia de absolución, quedó confesado en las posiciones, reconociendo que cruzó sin respetar la prioridad del automóvil del actor."
- "La prioridad del que viene por la derecha es absoluta en encrucijadas, y la prueba testimonial indica que el actor cruzó primero, siendo embestido por el demandado."
- "El daño moral se presume por la acción antijurídica, siendo fijado en $200.000 por la evaluación psicológica."
- "Las costas son a cargo de la parte

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar