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BRANDAN EVA GUILLERMINA C/ CURCUY CLAUDIO ANDRES Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. C/LES. O MUERTE (EXCLUSION ESTADO)

La sentencia de primera instancia condenó a los demandados por daños y perjuicios tras accidente de tránsito, y la Cámara confirmó la decisión, resaltando la responsabilidad objetiva y la valoración integral de las lesiones y daños sufridos por la actora.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Responsabilidad civil Indemnizacion Dano psiquico Dano corporal Danos morales Ley 23.928 Intereses 6%.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Eva Guillermina Brandan, demanda por daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 24/6/22 en Luján, en el que fue embestida por un vehículo conducido por Claudio Andrés Curcuy, resultando lesiones físicas y psíquicas, daño moral, gastos médicos, privación del uso de su motocicleta y desvalorización del bien. La sentencia de primera instancia reconoció la responsabilidad objetiva del demandado y condenó a pagar $15.675.000, intereses del 6% anual desde el hecho, y rechazó la actualización monetaria por inconstitucionalidad de la ley 23.928. La decisión se fundamenta en la normativa del Código Civil y Comercial, la responsabilidad objetiva en accidentes de tránsito, la valoración de las lesiones psíquicas y físicas, y la jurisprudencia sobre responsabilidad civil y daños. La Cámara confirma la condena, manteniendo el monto fijado y los intereses, y destacando que la prueba rendida acredita la responsabilidad del demandado sin que se hayan invocado causas eximentes del nexo causal.

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