BERGAMINI RICARDO RAUL C/ ATM CIA DE SEGUROS S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
La jueza homologó un acuerdo transaccional en un proceso por daños y perjuicios, estableciendo la suma de $6.000.000 como monto del acuerdo y regulando honorarios, costos y cumplimiento. La decisión se fundamenta en el art. 308 del C.P.C.C., considerando el acuerdo y las condiciones pactadas entre las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Ricardo Raúl Bergamini, demandó a ATM Compañía de Seguros S.A. y otro por daños y perjuicios derivados de lesiones en un accidente automovilístico. La parte demandada en garantía, ATM, contestó la demanda y se presentó un acuerdo transaccional fechado el 3/9/2025, que fue homologado por la jueza. La resolución homologatoria dispuso que el acuerdo, por un monto total de $6.000.000, sería cumplido por las partes, además de establecer el pago de honorarios profesionales y aranceles judiciales. La jueza destacó que el acuerdo de pago y el desistimiento fueron considerados y que la tasa de justicia y contribución se calcularon en base al monto del acuerdo. También se reguló la participación de los profesionales intervinientes, incluyendo al Dr. Joaquín Sartor y al Dr. Juan Pablo Niedzvedsky, ajustando sus honorarios conforme a las escalas y principios de proporcionalidad y razonabilidad, en un contexto de cumplimiento del art. 21 de la ley 6716. Fundamentalmente, la resolución se basa en que la homologación del acuerdo cumple con los requisitos del art. 308 del C.P.C.C., y que las sumas pactadas, honorarios y costos están debidamente justificados y ajustados a la normativa vigente, incluyendo la normativa específica de honorarios y mediación. Disidencias: No se reportan votos en disidencia.
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