FINANPRO S.R.L. C/ VIDELA NATALIA GISEL S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia de primera instancia ordenó el reconocimiento de un crédito por deuda de capital y intereses, confirmando la validez del pagaré en un contexto de relación de consumo, y otorgó beneficios procesales y costas a favor de la demandada. La Cámara confirmó la decisión y las condiciones del fallo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, FINANPRO S.R.L., promovió ejecución en base a un pagaré y contrato de mutuo por un monto de $7.167, acompañado de documentación que cumple con los requisitos del art. 36 ley 24.240, en un contexto de relación de consumo. La jueza consideró que el pagaré, si bien autónomo, debe interpretarse en función del sistema protector del consumidor, y que la información proporcionada parcialmente cumple con el deber legal. La ejecución se mantiene por el capital efectivamente adeudado y los intereses calculados conforme a la normativa vigente, incluyendo intereses compensatorios desde la última cuota pagada y punitorios tras su vencimiento. La decisión también incluye la eximición de costas y el beneficio de litigar sin gastos para la demandada. La resolución sostiene que la documentación respalda la deuda, que los intereses están ajustados a la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires, y que la relación contractual cumple con los requisitos legales para su ejecución. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia en todos sus términos, manteniendo la cuantía y las condiciones del fallo, y ratificando la exención de costas y el beneficio de litigar sin gastos.
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