GRATTONE CLARA DELIA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD
La sentencia revisada declara la capacidad jurídica de Clara Delia Grattone, estableciendo que conserva su capacidad plena para actos no restringidos y con capacidad restringida para administrar y disponer de bienes, mediante sistema de apoyo. La decisión se basa en la informe médico, normativa internacional, constitucional y legal, y en la doctrina sobre derechos de las personas con discapacidad y salud mental. Se designan apoyos y se establecen medidas de protección y control, con control judicial, para garantizar el ejercicio de la capacidad en condiciones de dignidad y autonomía, respetando sus preferencias y derechos. La sentencia también impone costas a la parte actora.
La sentencia revisada fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 13, en el expediente "GRATTONE CLARA DELIA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD", en virtud de una solicitud de revisión de la capacidad jurídica de Clara Delia Grattone, en base a un informe médico y el marco normativo vigente. La parte demandada, Clara Delia Grattone, presenta retraso mental leve y limitaciones para el desenvolvimiento autónomo y la administración de sus bienes, por lo que su capacidad jurídica se reconoce en forma plena para actos que no impliquen administración o disposición de bienes, los cuales requerirán asistencia. La decisión se fundamenta en la normativa internacional de derechos humanos y en las reformas constitucionales y legales nacionales que promueven la inclusión y respeto por la autonomía de las personas con discapacidad. La sentencia establece un sistema de apoyo conformado por dos apoyos designados, quienes deberán asistirla en los actos que requieran explicación, consentimiento o validación de decisiones, garantizando en todo momento la protección de su voluntad y preferencias. Se señala que los actos contrarios a lo dispuesto serán nulos y que la persona debe ser evaluada nuevamente en un plazo de tres años, sin perjuicio de revisiones en cualquier momento a petición de parte. Se ordena además la anotación en el registro de personas y el cumplimiento de las costas a la parte actora.
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