TEVES JOSE LUIS C/ STORNELLI NAHUEL ALEJANDRO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia condenó parcialmente a los demandados por daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido en 2017, confirmando la responsabilidad en un 80% del conductor del automóvil y en un 20% del motociclista, y fijó indemnización total de $17.640.000, intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, José Luis Tévez, demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido el 23/07/2017 en la ciudad de 9 de Julio, atribuyendo la responsabilidad al conductor del vehículo, Sr. Marcelo Fabian Stornelli, y/o otros responsables, por la colisión con su motocicleta. La sentencia establece que ambos conductores fueron responsables en un 80% y 20% respectivamente, basándose en la valoración de la prueba, informes técnicos y declaraciones testimoniales, concluyendo que la responsabilidad del demandado principal se fundamenta en que ingresó a una arteria de mayor jerarquía sin respetar la prioridad de paso, lo que agravó la responsabilidad del conductor del automóvil. La sentencia también analiza la responsabilidad objetiva en accidentes de tránsito, la prioridad de paso, y la condición de embistente. Respecto a los rubros indemnizatorios, el tribunal reconoce: daño material ($1.050.000 por gastos médicos y reparación de motocicleta), incapacidad física (15%), lucro cesante ($90.000), daño moral ($7.000.000), daño psicológico ($1.000.000) y daño estético (desestimado por perito). Se establece que la responsabilidad en el evento dañoso recae mayoritariamente en el conductor del automóvil, con análisis exhaustivo de la prueba técnica y testimonial, así como de la normativa aplicable. El tribunal también resuelve que la cobertura del seguro Sura S.A. es inexistente por falta de pago de la prima en tiempo y forma, y que los intereses deben calcularse a la tasa pasiva del Banco de la Provincia de Buenos Aires para garantizar una reparación integral. Las costas se imponen en su totalidad a la parte demandada vencida, y se difiere la regulación de honorarios. El fallo confirma la condena a los demandados por daños y establece la responsabilidad compartida, con la consecuente condena en la suma de pesos diecisiete millones seiscientos cuarenta mil ($17.640.000), más intereses, costas y demás accesorios.
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