COLLARD CEDRIC c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenaba a ANSES rehabilitar la pensión del actor hasta los 21 años, extendiendo su percepción hasta los 25 años mientras acreditara la prosecución de estudios, en virtud de la interpretación favorable a derechos previsionales del actor.
- Quién demanda: Cedric Collard (actor)
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restablecimiento del beneficio de pensión del actor tras cumplir 18 años, hasta los 21 y luego hasta los 25, mientras continúe estudios, en relación con la pensión por fallecimiento de su padre.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que ordenaba a ANSES rehabilitar la pensión, considerando la normativa constitucional, las leyes 26.579, 24.241 y 26.994, y el derecho previsional del actor, extendiendo el beneficio hasta los 25 años por acreditarse la prosecución de estudios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La interpretación estricta de la norma no puede llevar al extremo de desconocer un derecho por lo que encuentro ajustado que el beneficio de pensión se extienda hasta los 21 años de edad y, a partir de dicha edad hasta los 25 años, en tanto que acompañe la constancia de alumno regular en la UBA." "La ley 26.579 estableció la mayoría de edad a los 18 años, modificando el Código Civil, y la obligación alimentaria se extiende hasta los 21 años, pudiendo proveerse recursos hasta los 25 si la prosecución de estudios así lo requiere, conforme a los arts. 658 y 663 del CC y CCN." "En materia previsional, en caso de duda, la interpretación debe favorecer al beneficiario, en virtud del carácter tuitivo y alimentario del beneficio." "Por ello, la sentencia de primera instancia que ordena la rehabilitación del beneficio hasta los 25 años, con la acreditación de estudios, debe ser confirmada."
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