PACHECO JUAN MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad del índice ISBIC para actualizar las remuneraciones y revocó la metodología dispuesta por la ley 27.426, en tanto resulta confiscatoria en ciertos períodos, además de ratificar la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la ley 24.463 en los casos que genere una quita superior al 15%. La sentencia también dejó en suspenso el tratamiento del precedente Villanustre.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Juan Manuel Pacheco contra la ANSES, reclamando la actualización de sus remuneraciones y la aplicación de determinados parámetros para el cálculo de su beneficio previsional. La Cámara confirmó la constitucionalidad de la aplicación del índice ISBIC hasta febrero de 2009 y revocó la metodología establecida por la ley 27.426, por considerar que en ciertos períodos genera una merma confiscatoria superior al 15%, en línea con la doctrina del precedente "Elliff". Además, declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 respecto a la aplicación de topes que puedan resultar confiscatorios. La Sala también dejó en suspenso el análisis del precedente "Villanustre" para su posterior tratamiento en fase de ejecución. La sentencia fundamenta que no hay un límite temporal en la jurisprudencia de la CSJN para la actualización del beneficio y que la protección del derecho a una prestación digna justifica la inaplicabilidad del método de actualización que genere una quita superior al límite constitucional.
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