RANIERI, ELIZABETH AYELEN c/ TEVECOMPRAS 2001 S.R.L. s/DESPIDO
La Cámara de Apelaciones en lo Trabajo revoca la sentencia de primera instancia y condena a la demandada a pagar la indemnización por despido y a entregar los certificados de trabajo. La decisión se fundamenta en la existencia de una relación laboral que fue mal valorada en primera instancia, y en la prueba testimonial y documental que demuestra la existencia del vínculo laboral, con cumplimiento de requisitos y presunción legal del art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo. La Cámara también ajusta las costas y honorarios, y condena a la demandada a pagar una suma de $1.041.935,43, actualizada y con intereses, en concepto de indemnización y demás conceptos laborales.
¿Quién es el actor?
Elizabeth Ayelén Ranieri
¿A quién se demanda?
Tevecompras 2001 S.R.L.
- Objeto de la demanda: Reconocimiento del vínculo laboral, indemnización por despido, entrega de certificados de trabajo, y pago de indemnizaciones por diversos conceptos laborales.
- Decisión del tribunal: La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y reconoce la existencia de un contrato de trabajo desde enero de 2020, con reingreso en enero de 2021 y despido en agosto de 2021. Se condena a la demandada a pagar $1.041.935,43 en concepto de indemnizaciones y conceptos laborales, y a entregar los certificados laborales. El tribunal fundamenta que la prueba testimonial y documental demuestra la relación laboral, y que la presunción del art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo no fue desvirtuada por la demandada. La sentencia también condena a la demandada a pagar intereses y a regular honorarios y costas en ambas instancias.
- Fundamentación principal: La prueba testimonial, en particular las declaraciones de los testigos, demuestra que la actora realizaba tareas en el marco de una organización empresarial, con continuidad y bajo las directivas de la empleadora, sin riesgo económico propio, en condiciones que configuran un contrato de trabajo. La negativa de la demandada no logró desvirtuar la presunción legal del art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo, al no presentar prueba suficiente para demostrar que los servicios se brindaron en otras circunstancias ajenas a la relación laboral. Además, la prueba registral y la evidencia documental confirman la existencia del vínculo laboral, desde enero de 2020, con reingreso en enero de 2021 y despido en agosto de 2021, con una remuneración de $60.000 mensuales. La sentencia también destaca que la demandada incumplió con la obligación de registrar la relación y de mantener los libros laborales, lo que refuerza la existencia del vínculo y justifica las indemnizaciones.
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