GONZALEZ PEREZ, MARIA DE LOS ANGELES c/ DOSUBA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
La Cámara Federal de Apelación confirma la sentencia que ordenó la reestablecimiento de la afiliación de la actora en la obra social DOSUBA, ante la negativa fundada en la cambio reglamentario, por entender que viola derechos constitucionales y el derecho a la salud.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, M. D. L. A. G. P., demanda contra la Dirección de Obra Social de la Universidad de Buenos Aires (DOSUBA) por la negativa a reafiliarla como beneficiaria tras el fallecimiento de su esposo, con quien mantuvo 47 años de afiliación.
- La sentencia de primera instancia ordenó reestablecer su afiliación en las mismas condiciones y a la demandada le ordenó realizar los aportes correspondientes.
- La demandada apela alegando que la normativa vigente (Resolución CS-2022-1859-E-UBA-REC) derogó el régimen anterior y no contempla la afiliación de viudas de jubilados, por lo que la negativa está fundada en derecho.
- La Cámara concluye que la conducta de la demandada fue arbitraria y contraria a los principios de buena fe y razonabilidad, ya que la negativa viola derechos adquiridos y el derecho a la salud.
- Fundamenta que la normativa internacional y constitucional garantiza el derecho a la salud, y que la negativa de la obra social contraviene estos derechos, además de los principios de protección integral y no discriminación.
- La decisión de primera instancia se confirma en todos sus términos, rechazando el recurso de apelación y manteniendo la orden de reestablecimiento de la afiliación y el pago de los aportes.
- Se regulan honorarios en conformidad con la ley 27.423, manteniendo lo resuelto en primera instancia.
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