INC SA c/ EN- M ECONOMIA (EXP. 32218511/23) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
La Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala II desestimó la petición del Estado Nacional de que se le atribuyeran costas en un recurso por incumplimiento de carga y aclaró que la resolución del 1/7/2025 fue de mero efecto sancionatorio sin afectar el fondo del recurso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por el Estado Nacional contra una resolución que hizo efectiva un apercibimiento por incumplimiento en la presentación de un recurso, dejando sin efecto dicho recurso. La Cámara explicó que dicha resolución se limitó a efectivizar una sanción y no se trató de una decisión que resolviera sobre el fondo del asunto. La petición del Estado Nacional de que se le atribuyeran costas fue desestimada, ya que la resolución del 1/7/2025 no implicó una decisión sustancial, sino un efecto sancionatorio. Los jueces resaltaron que la presentación administrativa no afectó la inadmisibilidad formal del recurso por falta de personería del representante, y que la resolución no tuvo trascendencia procesal en la instancia judicial. La Cámara revocó la petición del Estado Nacional y ordenó el archivo y remisión a la instancia administrativa.
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