CERUTTI, HORACIO VICTORIO c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH s/AMPARO POR MORA
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo modifica parcialmente la sentencia de primera instancia y ordena a la Administración que dicte el acto subsiguiente en un plazo de 30 días hábiles, en un caso de amparo por mora en la resolución de expediente administrativo. La decisión sustenta que la inactividad formal requiere una distinción entre silencio en la decisión y silencio en el trámite, y que en el presente caso la demora no configura mora, pero se reconoce la necesidad de regular el plazo para la emisión del acto pendiente.
- Quién demanda: Horacio Victorio Cerutti
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo por mora en resolución de expediente administrativo (CUDAP SO4:0058099/2016)
¿Qué se resolvió?
La Cámara hace lugar parcialmente al recurso, ordenando a la autoridad administrativa dictar el acto subsiguiente en 30 días hábiles, y distribuye las costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analiza la normativa del artículo 28 de la ley 19.549, que permite la acción de amparo por mora cuando una autoridad administrativa deja vencer los plazos razonables sin emitir resolución. Se destaca que la inactividad formal puede ser en resolución definitiva o en providencias de trámite, y que en el presente caso no se configura la mora por inactividad en la emisión de la resolución definitiva, dado que la demora en el expediente fue justificada por las etapas procesales y recursos presentados. Sin embargo, se reconoce que la Administración tiene la obligación de expedirse en plazo razonable y que en este caso, la demora justificada requiere regular un plazo para emitir la resolución pendiente, estableciéndose en 30 días hábiles desde la firmeza de la sentencia. La decisión también señala que las costas deben distribuirse por su orden en ambas instancias, conforme al art. 68 del CPCCN, y que el recurso debe ser parcialmente acedido.
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