D. S., T. M. c/ EN-AFIP-LEY 27605 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala IV confirmó los emolumentos de los abogados de la parte demandada y redujo en $75.789 los honorarios del perito contador, en atención a la calidad del trabajo y la importancia del peritaje.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La sentencia confirma los honorarios de los abogados de la parte demandada, ejercidos por Rosaura Cerdeiras, Luciana Paula Maradei, Luciana Belén Casadavant y Pamela Jursza, en conformidad con la ley 27.423 y resol. SGA 1860/25, además de aplicar la reducción prevista en el artículo 9º de la ley 27.743.
- Asimismo, la Cámara reduce en la suma de $75.789 los honorarios del perito contador Mario David Buedo, considerando la calidad y eficacia del trabajo, la importancia del peritaje y la proporción con los honorarios del resto de los profesionales.
- La resolución señala que las regulaciones deben pagarse según el artículo 51 de la ley 27.423, sin incluir el IVA, que deberá sumarse en su caso.
- La decisión fue tomada por los jueces Marcelo Daniel Duffy, Jorge Eduardo Moran y Rogelio W. Ventici, firmada el 02/09/2025.
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