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L., E. c/ EN-AFIP-LEY 27605 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala IV confirmó los honorarios regulados en favor de los profesionales intervinientes en el proceso, incluyendo al perito contador Pablo Adrián Pirovano, valorados en $908.710,11, equivalentes a 11.99 UMA. La decisión se basó en la calidad, extensión y trascendencia de la labor desarrollada, además del valor del peritaje y la proporcionalidad de los honorarios.

Honorarios profesionales Proporcionalidad Honorarios de peritos Peritaje contable Valor uma Camara contencioso administrativo Confirmacion de honorarios Ley 27.423 Impuesto al valor agregado. Labor juridica

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La sentencia fija los honorarios de los profesionales que actuaron en la primera instancia, considerando la naturaleza del asunto, la importancia del peritaje y la calidad jurídica de la labor.
- La Cámara confirmó los emolumentos establecidos, señalando que corresponden a la suma de $908.710,11, en atención a la labor de dirección letrada y representación legal de la parte demandada, así como la labor del perito contador.
- La resolución destaca que los honorarios deben ser cancelados conforme a lo previsto en la ley 27.423, incluyendo la adición del Impuesto al Valor Agregado en caso corresponda.
- La decisión refleja que la valoración de la labor profesional y pericial fue adecuada y proporcional, sin que existan motivos para su revisión o modificación.

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