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DNM c/ OTALORA SANABRIA, CRISTOBAL - EX 289835/13 s/MEDIDAS DE RETENCION

La Cámara Contencioso Administrativo Federal revoca la decisión de grado y confirma la validez de la notificación personal de la disposición de expulsión, considerando que el plazo de 30 días para regularizar la situación migratoria fue cumplido y que las diligencias posteriores no revisten efecto suspensivo.

Recurso de apelacion Medidas de retencion Notificacion personal Validez de la notificacion Notificacion en domicilio Plazo de 30 dias Orden de expulsion. Expulsion migratoria Cumplimiento del plazo Irregularidad en la permanencia

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, la Dirección Nacional de Migraciones, interpuso recurso de apelación contra la decisión que declaró la nulidad de la notificación de la disposición SDX 197477 y rechazó la expulsión del migrante Cristóbal Otalora Sanabria. La Cámara analizó las constancias del expediente y concluyó que la notificación personal efectuada el 12/8/14 en el domicilio de la calle San Juan 818, CABA, fue válida y que, por ende, el plazo de 30 días para regularizar la situación migratoria se encontraba firme y cumplido. La Cámara resolvió que los intentos posteriores de notificación en domicilios diferentes no alteran esa validez, y que las diligencias para la regularización posterior no afectan la validez de la expulsión ya notificada. La decisión del juez de grado que declaró la nulidad de la notificación y ordenó la suspensión de la expulsión fue revocada, confirmando la validez de la medida de expulsión.

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