MUSACHIO, JOSE LUIS c/ CONSULTORA VIDECO S.A. Y OTRO s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la sentencia que admitió diferencias salariales y otros conceptos en favor del actor, rechazando los planteos de la empleadora sobre la naturaleza de ciertos rubros y la actualización de créditos laborales, manteniendo los montos y criterios de liquidación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por José Luis Musachio contra Consultora Videco S.A. y Securitas Buenos Aires S.A. por diferencias en salarios y otros conceptos laborales. La Cámara confirmó que las partidas denominadas "viáticos" y otros rubros tenían naturaleza remunerativa, rechazando la argumentación de la empleadora que pretendía calificarlas como no retributivas, en línea con la jurisprudencia que distingue claramente entre salario y viáticos. Asimismo, sostuvo que los mecanismos de actualización y capitalización de créditos laborales deben ajustarse a parámetros razonables y constitucionales, rechazando la aplicación automática de índices y tasas sin considerar la realidad económica y la normativa constitucional, en particular la inconstitucionalidad del artículo 7º de la ley 23.928 (texto vigente en la causa). La Cámara adoptó un criterio de actualización basado en el índice RIPTE más un interés del 6% anual, en línea con la jurisprudencia constitucional y la doctrina de la Corte Suprema. Además, se confirmó la procedencia de las diferencias por horas extras y feriados, y se rechazaron las quejas sobre costas y gastos causídicos, ordenando que los gastos de Securitas Buenos Aires S.A. sean afrontados por dicha sociedad. La sentencia también refirió la necesidad de ponderar adecuadamente los intereses y las tasas, sin aplicar capitalización periódica que genere resultados desproporcionados, manteniendo la coherencia con la normativa constitucional y los precedentes de la CSJN.
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