MANFRINI NORMA OLGA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La sentencia reconoce el derecho de la actora a percibir la diferencia entre el monto de su renta vitalicia y el haber mínimo garantizado, ordenando a la ANSeS el pago en 45 días, y establece que la acción es procedente por vulneración de derechos constitucionales y principios de igualdad y protección social.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Norma Olga Manfrini demanda a la ANSeS para que le abone la diferencia entre su renta vitalicia previsional y el haber mínimo garantizado, además de solicitar la declaración de inconstitucionalidad de ciertas disposiciones legales.
- La ANSeS argumenta falta de legitimación pasiva, que la responsabilidad recae en la compañía de seguros de retiro, y opone defensas de inadmisibilidad por extemporaneidad y prescripción.
- El tribunal revisa la normativa y la jurisprudencia, concluye que la acción es procedente y que el Estado debe garantizar el mínimo vital a quienes perciben renta vitalicia con componente privado, por lo que rechaza la defensa de falta de legitimación pasiva y la prescripción.
- La sentencia destaca que la ley no previó situaciones como la del caso, configurando un vacío legal que debe ser subsanado por la función del Estado, en atención a principios constitucionales y derechos humanos.
- Se resalta que la protección del derecho alimentario y la igualdad ante la ley justifican la vía de amparo, y que la responsabilidad recae en la ANSeS, como ente gestor del sistema previsional.
- Se ordena a la ANSeS que en 45 días abone la diferencia adeudada y practique la liquidación correspondiente, además de pagar intereses y costas.
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