ACEITERA GENERAL DEHEZA SA (TF 17882348-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, revocó la decisión de confirmar la resolución fiscal que denegó la devolución del derecho de exportación establecido en el artículo 1° del decreto 793/18, y declaró su inconstitucionalidad por su vulneración a derechos constitucionales y principios tributarios. La sentencia ordenó además la devolución de los importes abonados y la aplicación de intereses, fundamentando que las tasas de interés vigentes eran inconstitucionales y que la distribución de costas se impuso al demandado vencido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Aceitera General deheza SA, demanda la devolución de sumas abonadas en concepto de derechos de exportación, debido a la inconstitucionalidad del derecho establecido en el decreto 793/18.
- El Tribunal Fiscal de la Nación había confirmado la denegatoria, considerando aplicable la doctrina del acuerdo plenario del 26/4/22, y distribuyó costas por complejidad.
- La actora argumentó que las conclusiones del organismo fiscal se apartaban del principio de reserva de ley en materia tributaria, según la jurisprudencia de la Corte Suprema en "Camaronera Patagónica SA".
- La Sala consideró que las tasas de interés en las resoluciones ME 559/22 y ME 3/24 eran inconstitucionales por mantener un porcentaje fijo en un contexto inflacionario, cercenando el derecho de propiedad y violando principios constitucionales de no confiscatoriedad y razonabilidad.
- La sentencia revocó la resolución de primera instancia, declaró la inconstitucionalidad del derecho de exportación y ordenó la devolución de los pagos, más intereses.
- Se estableció que las costas de ambas instancias corresponderían al demandado vencido y que se diferiría el pago de la tasa de justicia, conforme a la normativa vigente.
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