GENOMMA LABORATORIES ARGENTINA SA c/ EN-AFIP-DGA-SIGEA 19144-10024-2019 s/DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
La Cámara rechaza la apelación de la Aduana y mantiene la declaración de inconstitucionalidad de los derechos de exportación en los decretos 793/2018 y 865/2018 por el período 4/9/2018 a 12/12/2018, confirmando la sentencia de primera instancia que ordenó la devolución de las sumas pagadas. La sentencia fundamenta que la imposición de tributos requiere base legal del Congreso, y que la delegación reglamentaria por parte del Poder Ejecutivo no puede sustentar la validez del tributo. Además, se subraya que la ratificación legislativa posterior, mediante la ley 27.467, otorgó rango legal a los derechos de exportación, por lo que estos deben considerarse inválidos en el período cuestionado, manteniendo la constitucionalidad del acto en el período en que fue validado. La Cámara destaca que la normativa delegada fue sometida a control legislativo y que la validez del tributo y su modificación por parte del Poder Ejecutivo, en el marco legal, fue ratificada por las leyes posteriores. La sentencia también señala que, en virtud del precedente “Camaronera Patagónica”, la imposición de derechos de exportación requiere base legal y que la delegación reglamentaria no puede reemplazar la ley. La decisión implica la confirmación de la sentencia de primera instancia en la que se ordenó la devolución de las sumas pagadas en ese período, con intereses calculados según las resoluciones correspondientes.
- Quién demanda: GENOMMA LABORATORIES ARGENTINA S.A.
¿A quién se demanda?
EN-AFIP – DGA – SIGEA (Dirección General de Aduanas)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La nulidad de la resolución que denegó la devolución de derechos de exportación pagados en el período 4/9/2018 a 12/12/2018 y la devolución de dichas sumas con intereses, considerando la inconstitucionalidad de los decretos que fijaron dichos derechos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de los derechos de exportación en los decretos 793/2018 y 865/2018, ordenando la devolución de las sumas pagadas en el período 4/9/2018 a 12/12/2018, con intereses desde la presentación del reclamo en sede administrativa. La Cámara rechazó el recurso de la Aduana y sostuvo que la normativa delegada fue sometida a control legislativo y que la posterior ley 27.467 otorgó validez legal a los derechos de exportación, pero solo desde su sanción, por lo que en el período anterior deben considerarse inconstitucionales. La sentencia también fundamenta que los derechos de exportación requieren base legal del Congreso y que la delegación reglamentaria no puede crear trib
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