MINUCCI, CARLOS ALBERTO Y OTRO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Contencioso Administrativo confirmó la inadmisibilidad de la acción de amparo contra la ley 27.743 y sus normas reglamentarias, argumentando que los actores no demostraron la existencia de un daño concreto ni la afectación manifiesta a derechos constitucionales, manteniendo la validez de la normativa impugnada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La acción fue promovida por Carlos Alberto Minucci y Elio Raimondi contra el Estado Nacional, solicitando la declaración de la afectación de su derecho a una remuneración justa, la inconstitucionalidad del Título V de la ley 27.743, su decreto reglamentario y la resolución AFIP 5531/2024, además de que no se les deduzca el impuesto a las ganancias. El juez de primera instancia rechazó la acción por considerar que no se acreditó la existencia de un daño actual ni la vulneración concreta de derechos constitucionales, fundamentando que la cuestión era compleja y requería mayores elementos probatorios. La Cámara confirmó esa decisión, señalando que los actores no demostraron que la norma les produjera un perjuicio real, y que la acción de amparo requiere la existencia de un daño manifiesto e inmediato, lo cual no se verificó. Los actores alegaron que la norma afectaba derechos constitucionales y convencionales, pero no aportaron elementos suficientes para sustentar la afectación concreta. La Cámara destacó que la presunción de validez de la ley y la carga probatoria de demostrar un daño real son requisitos esenciales, que en este caso no fueron cumplidos. Además, se rechazaron las apelaciones por las costas, argumentando que la decisión de mantener la inadmisibilidad y confirmar la sentencia de grado fue fundada en la naturaleza del derecho protegido y en la falta de prueba de la afectación concreta.
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